Tratado del Cuadrilátero

La muerte de Francisco Ramírez (10 de julio de 1821), permitió el acercamiento político de las provincias del Litoral con Buenos Aires, cuyo gobierno, por inspiración de Bernardino Rivadavia, se inclinó a cimentar la paz y la unión y no la guerra, con éstas.

A iniciativa entonces del general Lucio Norberto Mansilla, gobernador y capitán general de la provincia de Entre Ríos, el primero que lanzó la idea de un Congreso Argentino Federativo, e influyó para que aquellas bases del célebre Tratado del Pilar no fueran tan onerosas como las que pretendían imponer los caudillos Francisco Ramírez y Estanislao López, Buenos Aires y las tres provincias del Litoral (Entre Ríos, Santa Fe y Corrientes), firmaron en la ciudad de Santa Fe el Tratado del Cuadrilátero que aunque revistió importancia como declaración de principios, no condujo inmediatamente a la organización nacional.. Este Tratado llamado así por ser cuatro las provincias signatarias, fue firmado el 25 de enero de 1822 por el coronel Francisco de la Cruz en representación de Buenos Aires, el doctor Francisco Seguí, en representación de Santa Fe, el escribano Casiano Calderón, representante de Entre Ríos y el presbítero Nepomuceno Goitía representante de Corrientes. Las deliberaciones comenzaron a mediados de 1822 y según el historiador Sagarna, las bases fundamentales del tratado fueron confeccionadas por el coronel Mansilla. En realidad se suscribieron dos Tratados del Cuadrilátero: uno público con 17 artículos y otro reservado, con sólo cuatro, mediante el cual se acordaba la entrega de una importante suma de dinero y ganado a las provincias de Santa Fe y Corrientes, como indemnización por los daños ocurridos durante las campañas de Ramírez en esas provincias.

El Tratado del Cuadrilátero” afirmó una vez más los dos principios fundamentales contenidos en el Tratado del Pilar celebrado en 1820. Son ellos “el del federalismo”, porque las provincias signatarias se reconocen autónomas y el de “la nacionalidad”, porque las provincias se reconocen como partes integrantes de una misma Nación. Sus principales artículos establecían:

Artículo 1°, Queda sancionada una paz firme, verdadera amistad y unión permanente entre las cuatro provincias contratantes, cuya recíproca libertad, independencia, representación y derechos e reconocen y deben guardarse entre si en igualdad de términos, como están hoy constituídos. Artículo 2°. Si españoles, portugueses o cualquier otro pais extranjero invadiese o dividiese la integración del territorio nacional, todas, inmediatamente pondrán en ejercicio su poder y recursos para arrojarlos de él. El Artículo 3° fijaba en forma provisoria los límites de las provincias de Entre Ríos y Corrientes. Artículo 7°. Queda igualmente libre el comercio entre las cuatro provincias, así como el comercio marítimo en buques nacionales. El Artículo 13° respondía a la orientación política seguida por el gobierno de Buenos Aires, desligaba obligaba a las provincias signatarias, “de su concurrencia al diminuto Congreso que se reunirá en Córdoba”, disposición ésta, que contrariaba lo dispuesto anteriormente por el Tratado de Benegas. El Artículo 14° estipulaba que cualquiera de las partes contratantes podía convocar un Congreso General “si creyese ser llegada la oportunidad de instalarse”. En el Artículo 15 declaraba que el territorio de Misiones quedaba libre para formar su gobierno y reclamar la protección de cualquiera de las provincias contratantes. Firmado en la provincia de Santa Fe de la Veracruz, luego de ser acordado entre el 15 y el 25 de enero de 1822.

Texto extraído de la web: https://elarcondelahistoria.com/

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