Enrico Ferri y un debate abierto: la sociología del crimen

El criminalista italiano Enrico Ferri resumió y sistematizó en Sociología criminal (1900) sus ideas sobre criminología y derecho penal, diseminadas anteriormente en innumerables monografías. En la introducción enuncia Ferri los principios de la escuela criminal positiva; la gran escuela clásica de Beccaria y de Carrara, afirma, se ha perdido en estériles especulaciones metafísicas, resumidas en la fórmula carrariana de que el delito es un ente jurídico.

Pero, para el autor, los tiempos plantean una nueva exigencia, nacida de un fenómeno cotidiano: el aumento de la delincuencia. Tal exigencia impone el estudio del delincuente, tanto desde el punto de vista antropológico como del psicológico. Lo mismo puede decirse respecto de las penas. La escuela penitenciaria de Howard ha dirigido los métodos de Carrara hacia metas más humanitarias, olvidando sin embargo la higiene criminal, esto es, la prevención de los delitos. Frente a ello, la escuela positiva aplica el método experimental a la ciencia criminal, sin entender destruir con esto los resultados de las escuelas anteriores, sino integrarlos y renovarlos. Así como en la medicina la nueva dirección se ha desplazado del examen de la enfermedad al del enfermo, así en la criminología lo ha hecho del delito al delincuente. Por tanto, al problema de la disminución de la pena contrapone el de la disminución de los delitos, y al estudio abstracto del delito como ente jurídico contrapone el estudio del delito como fenómeno natural y social. Así, pues, ha de examinarse la actuación del delincuente a la luz de varios factores: psicopatológicos, ambientales, hereditarios, etc.

Expone primero Enrico Ferri los datos de la “Antropología criminal”, que es la “historia natural del hombre delincuente”. Ella ha demostrado que el delincuente es “un salvaje perdido en nuestra civilización”, esto es, una variedad antropológica con existencia propia que representa las razas inferiores, a causa de degeneración, retorno atávico o desarrollo insuficiente. El hombre delincuente es estudiado bajo dos aspectos: el orgánico y el psíquico. Del lado orgánico interesan los datos craneológicos y somáticos (reacción fisiológica, sensibilidad al dolor, etc.) que son el fundamento de la herencia criminal. Los datos psíquicos fundamentales son la insensibilidad moral y la imprevisión.

El delincuente no es un tipo abstracto: presenta variedades que pueden clasificarse. Hay que distinguir sobre todo al delincuente habitual del ocasional. A este propósito, la estadística de la recidiva general y de la recidiva en las varias especies de crímenes confirma indirectamente la observación de que, del número total de delincuentes, sólo una parte presenta anormalidades individuales que la antropología ha revelado. Sobre esta clasificación surge otra, más completa y específica, entre delincuentes “locos” (afectos de imbecilidad moral, epilépticos, etc.), “natos” (los “salvajes” de que acabamos de hablar), “habituales” (generalmente corrompidos sociales), “pasionales” (temperamentos morales, pero hipersensibles) y “ocasionales” (que llegan a la delincuencia por incentivos externos).

Se consideran después los datos de la estadística criminal. Tres son los factores que influyen sobre la criminalidad de un pueblo dado: antropológicos o individuales, físicos o cosmotelúricos, y sociales. Estos últimos determinan las variaciones estadísticas de la criminalidad en el tiempo. De la acción combinada de estos factores se desprende la ley de “saturación criminosa”, según la cual en un ambiente social dado se comete un determinado número de delitos. Las penas, tal como son aplicadas, ejercen por tanto una influencia mínima sobre la criminalidad, influyendo psicológicamente sólo sobre la clase social fundamentalmente honesta. Es preciso recurrir, por tanto, a remedios de otro orden: a los “sustitutivos penales”, o sea, a medios indirectos para impedir las condiciones favorables a la criminalidad.

Ferri no acepta la teoría de la libertad de la voluntad o libre albedrío, porque la considera desmentida por la ciencia, que demuestra que todo se halla ligado al principio de causalidad. Por tanto el hombre, cuya personalidad está determinada por la herencia psicofísica y por el ambiente, “obra como siente y no como piensa”. Se debe entonces determinar el derecho de castigar de otro modo de como hacen las escuelas clásicas. Al no poderse hablar de responsabilidad moral individual, deberá hablarse de responsabilidad social, esto es, de responsabilidad frente a la sociedad, que tiene el derecho de defenderse. Por lo tanto, el hombre es siempre responsable de todos sus actos únicamente porque vive en sociedad.

En cuanto a las sanciones, no deben ser exclusivamente penales, sino tales que satisfagan la exigencia de higiene social (prevención del delito). A tal fin, la escuela positiva reúne en un sistema único las sanciones más dispares: preventivas, represivas, civiles, penales. Medios preventivos son los policiales; medios reparadores son la reparación, la remoción del estado antijurídico o la nulidad del propio acto; medios represivos son las penas ordinarias; medios disminutivos son los que “tienen por fin expeler del cuerpo social los elementos no asimilables”. Para establecer la forma de sanciones adaptadas al caso singular, es preciso tener en cuenta la peligrosidad del reo. Para establecer el grado de la sanción es preciso tener en cuenta el derecho violado y los motivos determinantes; estos últimos se deducen de la categoría a que pertenece el delincuente. De este modo se realiza la verdadera justicia.

Finalmente, se sugieren las reformas prácticas: atenuación del principio “in dubio pro reo”, cualquiera que haya sido la prueba o si se trata de un delincuente habitual; medios científicos adecuados para llegar a la identificación del culpable y su clasificación en una de las ya mencionadas categorías: datos fisiognómicos y craneológicos, esfigmográficos, psicológicos, etc.; capacidad científica en los juicios; abolición del jurado, salvo para delitos políticos; la pena de segregación indeterminada en relación con la peligrosidad; manicomios para delincuentes locos.

La importancia actual de esta obra reside en el hecho de resumir toda la escuela positiva, que durante decenios gozó de celebridad mundial. Indudablemente, la escuela tuvo sus méritos, pero no fueron tales como para compensar la negación de la autonomía de la voluntad del hombre y la afirmación de un despiadado determinismo causal al que se encadenaría la personalidad humana. Fue sobre todo fecunda y legítima la exigencia de valorar el delito “también” a la medida del delincuente: a tal exigencia se atiende hoy en muchos códigos modernos. De hecho, con esta concepción se superaba al positivismo, reconociendo implícitamente que el hombre no se puede considerar de manera abstracta, dentro de una pura mecanicidad de causa y efecto, sino en su realidad irreductible y en el conjunto de sus propias responsabilidades morales.

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