La mala fama de Dalmacio Vélez Sársfield

Este escrito es un estudio del caso criminal desde lo histórico – jurídico a modo de revisionismo histórico.

El embarazo de Camila

Cuando fueron apresados en la ciudad de Goya, Corrientes bajo el Gobierno de Benjamín Virasoro; Se pidió llamar al Doctor Guillermo Gibson, para que examinara a la muchacha sobre un posible embarazo. El Dr. Gibson revisa a la joven bajo un procedimiento formal y minucioso, a posterior, realiza un informe muy detallado en donde desmiente la versión de Camila. Por entonces, los argentinos se hallaban horrorizados y escandalizados por aquel hecho, una joven de la aristocracia cuya familia era cercana a Rosas (pues Manuela de Rosas era amiga íntima de M. Camila) había contraído una relación amorosa con un cura jesuita. Toda persona condenó aquella situación, incluyendo a los opositores al rosismo como el padre de Camila: “…era el acto más atroz y nunca oído en el país”. A Rosas el 21 de diciembre de 1847), Juan Bautista Alberdi, Florencio Varela (asesinado el 20 de marzo de 1848 en Montevideo, Uruguay por otros asuntos) y Domingo F. Sarmiento quién redactará sobre el horrendo escándalo, denigrando al gobierno de Rosas en relación a los sacrilegios de sacerdotes a las niñas de la aristocracia.

Muchos expresaron la condena social, religiosa e incluso exigían un juicio duro lo que significaba ejecución de ambas personas. Entonces ¿Por qué Camila comentó que estaba embarazada?, quizás motivada por el miedo a ser ejecutada… Si gozaba de un posible embarazo, podría obtener un indulto de la pena.

Cuando la pareja (ya apresados) llegó al sitio llamado Santos Lugares, Buenos Aires fueron atendidos por el coronel Antonio Reyes, jefe de la Secretaría del Restaurador y de los Cuarteles de Santos Lugares. Con el pasar de los días, Reyes comienza a expresar que iban a fusilar a una joven embarazada según conversación mantenida por Uladislao. Ante esta situación delicada, fue llamado por Rosas para corroborar aquella versión. Antonio, partidario del gobernador pero protector de la joven… Manifestó su preocupación sobre la versión misma ya que la joven no presentaba síntomas de embarazo según transcurría los meses o incluso de uno reciente pues la pareja no mantenía contactos físicos desde hacía meses… Hombre reflexivo, a la razón y lógica concluyó igualmente apoyar a Camila. Entonces ¿Por qué Gutiérrez manifestó que Camila estaba embarazada?, es posible que haya hecho ese comentario para salvar la vida de su amada.

Un juicio escandaloso

La situación había trascendido en varios países; Del torbellino social se originó un debate político, aparecieron individuos que utilizaron el tema para hacer partidismo en contra de Rosas. El asunto se había vuelto sumamente delicado, lógicamente Juan Manuel se sintió agobiado ¿Cómo se debía revolver la situación?; Los diplomáticos argentinos debieron suavizar el tema pues algunos extranjeros se horrorizaron del tema ya que no había ocurrido este tipo de escenario en otros países, observando debilidades de la Confederación Argentina.

Rosas no era jurista, por ello debió asesorarse del tema pues -hasta el momento- había recibido incontables cartas de varias personas de diferentes profesiones, desde obispos, políticos, periodistas, entre otros dando sus opiniones. Por ello no dudó en requerir los servicios del jurista cordobés Vélez Sársfield quien ya residía en Buenos Aires desde hacía décadas; En dicho momento, él se hallaba realizando varios trabajos para el gobernador.

Sársfield fue rosista, aunque -en sus escritos- no demuestra partidario alguno; Estuvo involucrado en la política desde joven, supo moverse con moderación. Fue partidario, simpatizante y amigo de Rosas y éste le dio trabajos como el caso de indagar y analizar los títulos de Chile sobre las tierras del Estrecho de Magallanes, entre otros casos e incluso fue anti jesuita en tiempos de Rosas pero volverá abrazar la orden cuando el gobernador resuelve aceptar a los religiosos. Recordemos que Dalmacio aún no había redactado el Código Civil (aprobado el 25 de setiembre 1869), aunque ya gozaba de una excelente reputación.

Vélez, quien ya había ocupado cargos políticos, gozaba de buena fortuna debido a sus trabajos y herencias familiares; Por entonces Sársfield ya era muy respetado en Buenos Aires y en Córdoba, recibiendo el trato de un ilustre… Para 1840 él ya tenía varias casas, una Quinta llamada El Once, estancia en Arrecifes, además de trabajar en su estudio que prosperaba como un bufete y era maestro, además de ocupar cargos no remunerativos. Sin embargo debió afrontar malas administraciones de sus bienes, ya que tenía deudos sin pagar al Estado. Y por el cargo que le imponía la ley de partida, debía pagar sus deudas debiéndose confiscar sus bienes de a poco. La primera de sus embargos fue (en 1840) la casa situada en Federación Nº 211 hasta 1843 cuando definitivamente el Juez de Paz de la Parroquia San Miguel, jurisdicción dictaminó el embargo total de sus bienes, incluyendo muebles y 30 mil cabezas de ganado. Algunos de sus inmuebles comprendían dentro de la jurisdicción de la Parroquia S. Miguel. Vélez Sársfield había pasado un mal momento debiendo exiliarse primero en Córdoba y luego a Montevideo ya que sentía que el gobierno lo perseguía, además allí tenía amigos que podían ayudarle; En estos párrafos corregimos los malos entendimientos de muchos autores, pues han narrado que Sársfield fue anti rosista y éste debió refugiarse para no ser hostigado; Sin embargo en 1846, vuelve a la Confederación decidido a recuperar sus bienes con la ayuda de poderosos amigos, entre ellos estaba Rosas quien suavizo la situación de sus embargos dándole mas tiempo en pagar sus deudas. Y recién a principios de 1848 obtiene el favor de recuperar el total de sus bienes, ya que -por decreto del 29 de abril de 1848- se nombraba como nuevo Juez de Paz de S. Miguel a Nicolás Mariño, adepto al rosismo es decir obtuvo un favor político por parte de Rosas.

A Vélez Sársfield -quien usaba el distintivo punzó, una cinta larga, de tela y color rojo -se le envía un extenso informe respecto al caso de la pareja, éste debía estudiarlo según la rigurosa legislación española: “Leyes de Indias”, “Fuero Juzgo”, las “Leyes de Siete Partidas” y el “Código Gregoriano”. Lamentablemente el caso o informe que escribió Sársfield están perdidos, sin embargo nos propusimos armar la causa estudiando las mismas leyes que él indagó.

Síntesis del caso

Para un mejor entendimiento, repasamos los sucesos en orden cronológico:

  1. Del 11 al 12 de diciembre de 1847: El Sr. Uladislao Gutiérrez, cura interino de la Parroquia Nuestra Señora del Socorro y la joven María Camila O´Gorman Ximénez, sin profesión y perteneciente a la aristocracia, huyen con comprando falsos pasaportes con otras identidades: Máximo Bradier dedicado al comercio y casado con Valentina San.
  • 24 de diciembre de 1847: Pedido de captura para ambas personas según avisos de la época.
  • 22 de enero de 1848: El canónigo Felipe Elortondo y Palacios le escribe a Rosas para que se entere sobre los hechos.
  • 12 de mayo de 1848: Por decreto, Rosas aprueba 12 artículos para que el Cuartel de Santos Lugares tenga una mejor administración; Algunos de los puntos era la incorporación de un médico (Art. 6) pagado por el Estado y una Casa de Ejercicios Espirituales (cuartos arreglados) destinados para las mujeres quienes debían trabajar realizando trabajos de sastrería del ejército. Así mismo se trasladó a las mujeres situadas en la cárcel del Cabildo de Buenos Aires al Santos Lugares. Esto había sido una propuesta del encargado del Departamento de Policía, Juan Moreno fechado el 3 de abril de 1848.
  • 16 de junio de 1848: fueron detenidos ante la policía mientras ellos residían en Goya. Estuvieron sometidos a declaración indagatoria y, por decisión, un médico examina a Camila pues ella comentó estar embarazada, aunque no dijo de ¿Cuántos meses?; por entonces ya habían pasado seis meses de su huida. Desde entonces ambos serán separados y no tendrán encuentros físicos.
  • 19 de junio de 1848: El Gobernador y Capitán General de la Provincia, Brigadier don Juan Manuel de Rosas firma y notifica que ambas parejas deben ser apresados según procedimientos.
  • 9 de julio de 1848: Camila cumple 23 años, estando en su celda… es decir que no fue fusilada con 19 años.
  • 9 de agosto de 1848: Camila le escribe a Manuela de Rosas suplicando por su liberación, así mismo pide que le mande muebles y Manuelita compra: 1 juego completo de dormitorio, 1 colchón de lana fina, 1 sillón de Viena, 2 sillas de Viena y además quedó en adquirir un piano Amelong… Todos adquiridos en MUEBLERÍA DE LA INDEPENDENCIA. No tenemos constancia si realmente pudo decorar su celda o no pudo por su pronta ejecución.

En su informe, Vélez Sársfield debió anotar las causas para entender ¿Qué leyes correspondía aplicar?:

  1. Mantener relaciones (con o sin acceso carnal) sin estar casados, sabiendo que el sr. era cura y la sra. una persona vinculada a la aristocracia.
  2. Sacrilegio o corrupción de las costumbres y creencias de la iglesia católica, de la sociedad civil, de la aristocracia y corromper las tradiciones políticas ya que ambos tenían familiares en el gobierno, es decir crimen o delito político.
  3. De estafa por parte del cura, pues había pedido monedas de oro a Felipe Elortondo y Palacios, para unos gastos de buena fe pero luego se comprobó que lo uso para escapar con su pareja.
  4. De suplantar falsas identidades, usurpación de identidad.
  5. De falso testimonio al exponer que ambos estaban casados con un presunto embarazo; Recordemos no hallaron evidencias de una posible preñez; Y la joven nunca dijo de ¿Cuánto meses llevaba de gestación?. Y en la indagatoria, sólo ella expresó estar embarazada pero el cura nunca afirmó o desmintió la versión de Camila.

Y para el colmo de la gravedad y del escándalo, aquel suceso había repicado en otros países poniendo en riesgo las relaciones exteriores según algunos diplomáticos, complicando las situaciones por la falta de confianza ante la confederación.

De aquellos cincos puntos mencionados, en todas se aplicaba la pena de muerte, confiscación de bienes y la excomunión para ambas personas… Es decir que no existía otro tipo de condena por la cual podía aplicarse; Por ello, Vélez no exigió aplicar la pena de muerte porque ya estaban previsto en las leyes con sus correspondientes artículos: Ley 3, tít. 20, Partida 7, Ley 3, tít. 2, Partida 7, Ley 6, tít. 18, Partida 7, Ley 6, tít. 18, Partida 1, Ley 71, T. 4, Leyes Indias 1, Ley 1, Libro 3, tít. 3, Fuero Juzgo.

Rosas también había remitido informes a los juristas Baldomero García, Nicolás de Anchorena, Lorenzo Torres y Eduardo Lahítte pero fue Vélez Sársfield quien tuvo una seria importancia en su opinión profesional por parte de Rosas. No obstante, Lahítte rechaza la condena aplicada para la joven, alegando que estaba embarazada… Suponemos que no leyó el expediente o sumario de la causa pues en dicho informe mencionaba el falso embarazo, quizás se dejó llevar por las opiniones populares. No obstante, suponiendo que ella pudo estar encinta… la condena hubiera sido de esperar a que nazca el bebé y luego ejecutar a Camila, según Ley 11, tít. 32, Partida 7. Y quien ejecutara a una mujer embarazada, también debía ser ejecutado según Ley 5, tít. 15, Partida 7 igualmente válida para el jurista, juez… que obrase mal. Y resulta extraño que Reyes haya manifestado que Castellanos le hizo tomar agua bendita por su embarazo pues Rivas ni Castellanos u otros del cuartel Santos Lugares dirán que ella estuvo embaraza, ya que no hay documentos que corrobore los hechos. Si hemos evidenciado el rechazo que Reyes sentía hacia Rosas, a pesar de haber sido rosista en sus inicios.

Recordemos que la pena de muerte en Argentina era legal y recién en 1984 fue abolida para delitos comunes y en el 2008 para todo tipo de delito, incluyendo los graves.

Tras finalizar su expediente, el jurista cordobés debió presentarlo ante el juzgado y dar su dictamen para fundamentar sus razones por las causas aplicadas. Y el 17 de agosto de 1848, Rosas firmaba la orden de ejecución para ambas personas y se lo enviaba a Antonio Reyes, quien cumple la orden y pone en marcha la ejecución.

El padre Pascual Rivas era el cura de Santos Lugares y prestaba los auxilios espirituales a los reos, él estaría a cargo de atender a Uladislao, no obstante se pidió que viniese el padre Guenol N. Castellanos (de 86 años) para que se encargara de dar confesión a Camila y darle sus sacramentos antes de su ejecución. Sin embargo, no hemos hallado documentación fehaciente respecto a la versión en donde Camila confiesa su embarazo ante Castellanos y éste le hace tomar agua bendita, consagrando a la criatura no nacida para que fuera al cielo de Dios pues corresponde a una versión del sr. Reyes. Pero si realmente ocurrió así, Castellanos debió exigir su pronta liberación ya que era una transgresión ejecutar a un niño inocente, un crimen que la propia iglesia no se podía permitir. Pudiendo salvarla para un posterior reclutamiento y dar en adopción al bebé. Este hecho se lo conoce aparentemente como “el bautismo federal”, frase popularizada (en 1848) para desprestigiar al rosismo… es decir “bautismo al niño”, sin embargo la frase se inicia cuando ambas personas fueron apresadas en Goya es decir antes: bautismo federal se entendía como “Con esta situación se ungía el horroroso gobierno de Rosas.” pero en el Siglo XX la frase tendrá otra interpretación: “El padre Castellanos le da agua bendecida para que ella tomase.”.

Y el 18 de agosto de 1848, fueron fusilados el día viernes a las 10 hs. de la mañana en el Cuartel General de Santos Lugares, frente a un pelotón dirigido por el oficial del ejército Emerejildo Carmona. Y, tras el fusilamiento, el médico del cuartel examina los cuerpos pero -el de Camila- no presenta signos de embarazo, por entonces habían pasado ¡ocho meses! de su huida; De este hecho, los anti rosistas comentaran que la joven había sido fusilada con ocho meses de embarazo.

Por entonces la condena social por parte de los opositores a Rosas, había cambiado, ahora apoyaban a la joven debido a su supuesto embarazo. Sarmiento comentará sobre el juicio fallido como un crimen atroz al ignorar el fruto de amor en sus entrañas, enlosando la tiranía de Rosas. E incluso el padre de Camila (Adolfo) manifestará lo atrevido del juicio y pronta ejecución, aunque nunca supo si realmente su hija había sido fecundada por el cura.

Lógicamente se pudo optar por el perdón hacia la pareja pero las leyes eran bastantes claras, además la situación social en general era conservadora y la iglesia eran quien regía las costumbres, el panorama político había sido deslustrada tanto como en el interior y en otros países. Incluso los opositores estaban en contra pero en sus bocas, sólo salían peroratas para calumniar al gobierno de Rosas. La hija del gobernador, Manuela había mantenido correspondencia en secreto con su querida amiga Camila, Manuelita ya estaba enterado del amorío y hasta le compró muebles a la pareja quienes estaban en Goya; Ella pensaba que su padre Juan Manuel no lo sabía pero en silencio la reprochó por tales actos delicados porque -en caso de que los demás (el pueblo) se enterasen- corría un gran peligro, aun así ella pidió que no la ejecutaran pero toda situación ya estaba asentada.

Rosas, acostumbrado a lidiar con tantas calumnias y falsas denuncias, debió batallar con unas de las decisiones más difíciles de su vida y así afrontó. Por otro lado, Vélez Sársfield nunca pudo ser desvinculado del tema incluso cuando fue Ministro de Hacienda, bajo la presidencia de Bartolomé Mitre pero tuvo más repercusión cuando fue postulado como Ministro del Interior, bajo la presidencia de Sarmiento; Opositores se alzaron sobre él, reviviendo viejos recuerdos como el caso de la pareja acusándolo de ser un adulador pretensioso que sólo buscaba halagar a su amo para obtener beneficios a su favor, de tener su tintero limpio para no manchar su ropa y honor (expresión actual: “se lavó las manos”) o exigir la pena de muerte para conformidad a Rosas. De él nunca se escucharon palabras en público u escritos para dar su derecho a réplica, aquél que confiere la facultad de rectificar los agravios vertidos en perjuicio de una persona.

Mientras Juan Manuel se hallaba exiliado en Southampton, Inglaterra (Reino Unido) recibe la correspondencia de Josefa Gómez, una amiga suya en donde comenta la mala fama de Vélez debido al caso de la pareja ocurrida décadas atrás. No obstante, Rosas escribe lo siguiente:

“No es cierto que el señor doctor don Dalmacio Vélez Sarsfield, ni alguna otra persona, me aconsejara la ejecución de Camila O ‘Gorman y del cura Gutiérrez. Durante presidí el gobierno provincial bonaerense encargado de las relaciones exteriores, y con la suma del poder por la ley goberné puramente según mi conciencia. Soy pues, único responsable de todos mis actos, de mis hechos buenos cómo los malos, de mis errores y de mis aciertos. Pero la justicia, para serlo, debe tener dos orejas: aún no se me ha oído. El señor doctor Vélez Sarsfield fue siempre firme a toda prueba, en sus vistas y principios unitarios según era buen sabido y conocido, en los altos negocios del Estado.”.- Carta fechada en setiembre, 2 de 1869.

Ciertamente Rosas deja en claro que él tenía las facultades extraordinarias, si bien Vélez Sársfield dio su veredicto… él era el Juez, quien tenía la última palabra; De este modo, deja libre de culpa a su amigo cordobés. Si Rosas no hubiera actuado como Juez, otra persona con investidura de juez hubiera dictaminado lo mismo.

Pensemos que Sarmiento se vuelve amigo de Vélez quizás porque gustaba conocer a su hija Aurelia; A pesar que -décadas antes- mantuvieron fuerte diferencias de ideas con el caso de la pareja, posiblemente llegando a difamarlo por ser amigo de Rosas. Ahora, estaban en un mismo gobierno, platicando de cualquier asunto pero sobre el caso de O ‘Gorman – Gutiérrez nada se comentó, quizás porque hubiera sido una situación muy incómoda.

Dado su cercanía e intimidad con Aurelia, es posible que ella le haya develado que Camila nunca estuvo embarazada y que su padre debió actuar como hombre de ley, ajeno a las emociones. Sarmiento -en sus escritos referido a Sársfield- nunca redactará reproches sobre él o mencionará el caso O ‘Gorman – Gutiérrez en relación a Vélez para desprestigiarlo. ¿Se habrá dado cuenta de su error o sólo omitió mencionar el tema por respeto a Aurelia?.

Los agravios hacia “el cordobés mañero” por el caso resonará en sus oídos hasta el día de su muerte, un jurista sin escrúpulos o deficientemente abogado que obraba a mala conciencia; Una mancha en su historial de vida, que le dio mala fama.

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