1810: se forma en Chile la Primera Junta de Gobierno

La influencia de la Ilustración:

Al finalizar el siglo XVIII, el siglo de la Ilustración, se produce la crisis del imperio colonial español, fuertemente cuestionado por el avance de las nuevas ideas y de las transformaciones económicas. Europa se transforma completamente; el absolutismo de derecho divino es reemplazado por la soberanía popular; la monarquía absoluta por la monarquía constitucional y el liberalismo político; la antigua organización económica y los monopolios por el liberalismo económico; la nobleza por la burguesía capitalista e industrial.

Desde fines del siglo XVIII y comienzos del XIX, en América se sucederán una serie de revoluciones “en cadena” que cambiaran drásticamente la vida de las antiguas Colonias.

Los sucesos de España:

El emperador francés, Napoleón, estableció el bloqueo continental, prohibiendo a los países del continente europeo todo comercio con Inglaterra. Sin embargo, Portugal, que vivía del comercio con Inglaterra, no podía aceptar esta arbitraria mediada, que le significaba su completa ruina y continuó comerciando con Inglaterra desafiando la prohibición francesa.

Napoleón se entendió entonces con España, para hacer pasar sus tropas por su territorio y así obligar a Portugal a sumarse al bloqueo. Una vez conseguido esto, el emperador se apodera del trono español, poniendo a su hermano mayor, José Bonaparte. Éste fue reconocido por las Cortes españolas y por la mayor parte de la nobleza, pero no así por el pueblo que vio en él a un usurpador y lo combatió ferozmente.

Al ser conocidos estos sucesos en América, los americanos demostraron su lealtad a la madrepatria. En todas partes fueron rechazados los agentes enviados por Napoleón restándole legitimidad a su reinado.

Ante estos graves hechos, los criollos sostenían, que según las Leyes de Indias, las colonias estaban vinculadas al rey y no a la nación española. Según esto, ausente o prisionero el monarca (Fernando VII) la soberanía regresaba a los pueblos americanos, que tenían derecho a darse su propio gobierno, formando juntas que los gobernarían mientras regresaba el legítimo rey.

El movimiento de emancipación americana, con la formación de Juntas de Gobierno, empezó en México en 1808; pero fracasó dada la tenaz oposición de los peninsulares, muy ricos y numerosos en este país. En 1809 se formaron las juntas de Quito y de La Paz; pero ambas son disueltas por las tropas del Virreinato del Perú, principal centro de la dominación española.

En 1810 el movimiento se hizo insostenible. Primero los criollos de Caracas (abril), después los de Buenos Aires (mayo), luego los de Bogotá (julio), y por último los de Santiago (septiembre), reunieron Cabildos y formaron Juntas de Gobierno. En todas partes las autoridades españolas eran depuestas. Entraba a funcionar el principio de la soberanía del pueblo, entendiendo por “pueblo” a la aristocracia criolla dominante por su riqueza y su prestigio social.

El Cabildo Abierto elige la Primera Junta de Gobierno de Chile (18 de Septiembrede 1810)

Según la costumbre, a los Cabildos abiertos sólo eran citados los vecinos de importancia; pero en este caso se tuvo especial cuidado de no invitar a los realistas y sus simpatizantes. Se citó a un Cabildo abierto para el 18 de Septiembre al que asistieron unas 450 personas, en su mayoría jefes militares, cabezas de las familias de la aristocracia y prelados de las órdenes religiosas. Las tropas y las milicias patrullaban las calles para evitar cualquier incidente con los realistas. La asamblea se efectuó en la amplia sala del Tribunal del Consulado.

Ante la audiencia de vecinos, el Conde de la Conquista (Mateo Toro y Zambrano) procedió a hacer renuncia del cargo, Gobernador interino de Chile, en los términos siguientes: “Aquí está el bastón; disponed de él y del mando”.

Después de la renuncia de Toro y Zambrano, correspondía al Cabildo proponer el medio de reorganizar el gobierno del reino. Por esto fue José Miguel Infante, procurador de la ciudad, quien hizo ver a la asamblea la conveniencia de designar una Junta, en vez de aceptar al general Elío como gobernador.

La casi totalidad de la asamblea acepto la proposición de Infante manifestando su sentir con el grito “junta queremos”.

Inmediatamente se procedió a la designación de los miembros que integrarían aquel organismo. Fueron ellos el conde de la Conquista, para presidente; el obispo electo de Santiago, José Antonio Martínez de Aldunate, para vicepresidente; Juan Martínez de Rozas, Fernando Márquez de la Plata, Ignacio de la Carrera, Juan Enrique Rosales y el coronel Francisco Javier Reina para vocales y dos secretarios de la junta, los doctores Gaspar Marín y Gregorio Argomedo.

Dentro de la obra de la Junta de Gobierno se destaca: la creación de nuevos cuerpos militares, la convocación a elecciones de un congreso nacional, el establecimiento de la libertad de comercio y relaciones con los patriotas argentinos.

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Transcripción

“Acta del Cabildo Abierto del 18 de Septiembre de 1810 – Acta de la instalación de la Excelentísima Junta Gubernativa el Reino

En la muy Noble ciudad de Santiago a diez y ocho días del Mes de Septiembre del año de mil ochocientos diez. El Muy Ilustre Señor Presidente y Señores de su Cabildo congregados con todos los Jefes de todas las corporaciones, Prelados de las Comunidades Religiosas, y vecindario Noble de la Capital en la sala del Real Consulado: Dijeron que siendo el principal objeto del Gobierno y del Cuerpo representante de la Patria el orden, quietud, y tranquilidad pública perturbada notablemente en medio de la incertidumbre acerca de las noticias de la Metrópoli que producían una divergencia peligrosa en las opiniones de los ciudadanos se había adoptado el partido de conciliarlas a un punto de unidad convocándolos al Majestuoso congreso en que se hallaban reunidos para consultar la mejor defensa del Reino y sosiego común conforme a lo acordado y teniendo a la vista el Decreto de treinta de Abril Expedido por el Supremo Concejo de Regencia en que se niega toda provisión y audiencia en materia de gracia y justicia quedando solo expedito su despacho en las de Guerra con consideración a que la misma Regencia con su manifiesto de catorce de Febrero último ha remitido el de la instalación de la Junta de Cádiz advirtiendo a las Américas que esta podrá servir de Modelo a los Pueblos que quieran elegirse un Gobierno representativo digno de su confianza y proponiéndose que toda la discordia de la capital provenía del deseo de tal establecimiento con el fin de que se examinase y decidiese por todo el Congreso la legitimidad de este negocio: oído el Procurador General que con la mayor energía expuso las Decisiones legales y que ha este Pueblo asistía las mismas prerrogativas y derechos que a los de España para fijar un Gobierno igual especialmente cuando no menos que aquellos se halla amenazados de enemigos y de las intrigas que hacen más peligrosa la distancia necesitado a precaverlas, y preparar su mejor defensa : con cuyos antecedentes penetrado el Muy Ilustre Señor Presidente de los propios conocimientos, y ha ejemplo de lo que hizo el Señor Gobernador de Cádiz; depositó toda su autoridad en el Pueblo para que acordase el Gobierno más digno de su confianza y mas a propósito a la observancia de las Leyes, y conservación de estos Dominios a su legitimo Dueño y desgraciado Monarca el Señor Don Fernando Séptimo en este solemne acto todos los Prelados Jefes, y Vecinos tributándole las más expresivas Gracias por aquel magnánimo desprendimiento, aclamaron con la mayor efusión de su alegría y armoniosa uniformidad que se estableciese una junta presidida [ tarjado ] del mismo Señor Conde de la Conquista en manifestación de la gratitud que merecía a este Generoso Pueblo, que teniéndole a su frente se promete el Gobierno más feliz la Paz inalterable y la seguridad permanente del Reino:

Resolvieron que se agregasen seis vocales que fuesen interinos mientras se convocaban y llegaban los Diputados de todas las provincias de Chile para organizar lo que debía regir en lo sucesivo y procediendo a la elección de estos propuestos en primer lugar el Ilustrísimo Señor Don Jose Antonio Martinez de Aldunate, se acepto con universal aprobación del congreso: sucedió lo mismo con el segundo vocal el Señor Don Fernando Márquez de la Plata del supremo Consejo de la Nación : con el tercero Doctor Don Juan Martinez de Rosas : y cuarto vocal el Señor Coronel Don Ignacio de la Carrera, admitidos con los mismos vivas y aclamaciones sin que discrepase uno demás de cuatrocientos cincuenta vocales y procediendo luego a la elección por cedulas secretas de los dos Miembros que debían completar la junta ( porque se advirtió alguna diferencia en los dictámenes) resulto la Pluralidad por el Señor Coronel Don Francisco Xavier de Reyna y Maestre de Campo Don Juan Enrique Rosales, que manifestados al Publico fueron recibidos con singular regocijo: con el que celebro todo el congreso la elección de dos secretarios en los Doctores Don Jose Gaspar Marín, y Don Jose Gregorio de Argomedo, que por su notoria literatura honor y Probidad se han adquirido toda la satisfacción del Pueblo: se concedió a los secretarios el voto informativo acordándose que el mismo Escribano de Gobierno lo fuese de la Junta: se concluyeron y proclamaron las elecciones : Fueron llamados los electos, y habiendo prestado el juramento de húsar fielmente su Ministerio, defender este Reino hasta con la última gota de su sangre conservarlo al Señor Don Fernando Séptimo y reconocer el Supremo Concejo de Regencia fueron puestos en posesión de sus empleos: Declarando el Ayuntamiento, Prelados, Jefes, Vecinos el tratamiento de excelencia que debía corresponder a aquella Corporación, y a su Presidente en particular, como a cada vocal el de Señoría, la facultad de proveer los empleos bacantes y que vacaren, y a las demás que dictase la necesidad de no poderse ocurrir a la Soberanía Nacional. Todos los cuerpos Militares, Jefes, Prelados, Religiosos, y Vecinos juraron en el mismo acto obediencia y fidelidad a dicha junta instalada así en nombre del Señor Don Fernando Séptimo a quien estará siempre sujeta conservando las autoridades constituidas, y empleados en sus respectivos destinos : Y habiéndose pasado oficio al Tribunal de la Real Audiencia para que prestase el mismo reconocimiento el día de mañana diez y nueve del corriente ( por haberse concluido las diligencias relacionadas a la hora intempestiva de las tres de la tarde) resolvieron dichos señores se extendiese esta Acta, y publicase en forma de Bando Solemne, se fijare para mayor notoriedad en los lugares (sic) acostumbrados, y se circulasen testimonios con los respectivos oficios a todas las Ciudades y Villas del Reino. Así lo acordaron y firmaron que doy fe.”

José Manuel Infante – Procurador General

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